Anulan el decreto de Macri que permitió blanquear a familiares

El juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11, anuló los artículos de un decreto firmado por el expresidente Mauricio Macri que les permitió a familiares de funcionarios públicos ingresar al blanqueo de capitales pese a que el Congreso los había excluido expresamente al sancionar la norma.

De esta manera, el magistrado hizo lugar una demanda colectiva promovida por la asociación civil Abogados por la Justicia Social La Plata, Berisso y Ensenada (AJUS) y dictó la nulidad de los artículos 1, 2, 5 y 6 del decreto 1206/2016 firmado por el ex Presidente, a través del cual se habían incorporado a los familiares de los funcionarios a las facilidades incluidas en el Régimen de Sinceramiento Fiscal impulsado durante el gobierno de Cambiemos.

El Presidente de AJUS, Emanuel Desojo, y los legisladores nacionales señalaron que el Poder Ejecutivo incurrió en un exceso en la reglamentación, dado que por decreto habilitó aspectos que tanto la ley como su espíritu dejaban fuera, y que dicha admisión contraviene la normativa del GAFI.

El juez Cormick sostuvo en el fallo que el decreto significó «la extensión de un beneficio a un caso no previsto oportunamente en la ley, incorporando beneficios del artículo 38 a lo preceptuado en el artículo 39», y también «la inclusión de un grupo de sujetos (cónyuges, padres e hijos menores emancipados de los sujetos alcanzados en los incisos a) al w) del artículo 82 expresamente excluidos en el artículo 83 de la ley».

«Más allá del análisis sobre si existe en el caso exceso en la reglamentación al desvirtuar en tanto modifica la ley que reglamenta, debe destacarse que dicha reglamentación invade la esfera exclusiva del poder legislativo en materia tributaria», argumentó el juez.

En el caso, los actuales titulares de la AFIP presentaron un escrito en el que anticipaba que de impugnarse el decreto quedaría habilitada a exigirles a los contribuyentes involucrados que abonen todos los impuestos adeudados, entre ellos Ganancias, IVA y Bienes Personales.

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