Tal como mencionamos previamente, el programa Progresar impone una retención mensual equivalente al 20% del monto a percibir, resultando en el abono del 80% restante. La liberación del 20% retenido del Progresar está condicionada a la acreditación de la asistencia educativa y al cumplimiento de los requisitos estipulados por el programa.
Para estudiantes de niveles primario y secundario, la primera acreditación se realiza entre agosto y noviembre, validando la asistencia de marzo a julio. La segunda acreditación, por su parte, abarca de diciembre a marzo del año siguiente, y se basa en la asistencia de agosto a diciembre.
En cambio, en el caso de los estudiantes de nivel terciario y universitario, la acreditación es responsabilidad de la institución educativa, siempre y cuando el estudiante esté al día y mantenga su condición de alumno regular.
Una vez que la documentación requerida se presenta, ANSES suele demorar entre 60 y 90 días corridos para efectuar la devolución del 20% retenido. El importe recuperado se abona junto con el pago mensual correspondiente al período en curso.