La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) prorrogó hasta el 1° de diciembre el plazo con el que cuentan las empresas de medicina prepaga para disponer los ajustes en las cuotas de sus servicios de cobertura según las regiones en las que operan y los planes que ofrecen, con la inclusión o no de copagos.
La medida se estableció mediante la resolución 3386/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, que extiende el plazo para autorizar aumentos variables en las cuotas de los planes de salud, dependiendo de las características del plan y de la región en la que se brinde el servicio.
La resolución también indica que las compañías deben informar a la SSS los aumentos aplicados, especificando los criterios utilizados y si hay copagos.
Las razones de la prórroga
La medida había sido dispuesta originalmente en la resolución 2155 del 2 de septiembre, pero la Gerencia de Control Económico Financiero de la Superintendencia entendió que las reformas “conllevan modificaciones en los sistemas de facturación de las Entidades de Medicina Prepaga que pueden no ser inmediatos y requieran un período de puesta en funcionamiento para cumplir con las nuevas directivas”.
“A su vez, la Superintendencia de Servicios de Salud ha recibido solicitudes de prórroga de parte de una importante cantidad de entidades que deben ser respondidas”, señaló la resolución en sus considerandos, por lo que se recomendó la extensión del plazo.
Las complicaciones derivan de “la debida implementación de lo dispuesto y frente a las modificaciones que deben realizar las Entidades de Medicina Prepaga en sus sistemas de facturación”, que, a juicio de la SSS “requieren de un período de puesta en funcionamiento para cumplir con las nuevas directivas”, por lo que “resulta necesario otorgar una prórroga a tal fin”.
Los copagos son pagos adicionales que los usuarios de planes de salud deben realizar en cada consulta médica o por ciertos procedimientos.